Una nueva instancia judicial en Estados Unidos ratificó la orden del juez Griessa de obligar a nuestro país a pagar íntegramente lo que piden el 7% de bonistas que no entraron al canje.
¿Qué es un bono?, ¿Y un default? ¿Qué es un fondo buitre?, ¿Y qué tiene que ver una corte estadunidense con lo que Argentina le debe al mundo? Si yo no fuese economista, me haría estas preguntas. Para responderlas, va un resumen de los conceptos más importantes:
Un Estado soberano como lo es nuestro país tiene la capacidad de emitir deudas, es decir, puede imprimir bonos (deuda pública) ofreciendo su repago futuro, interés de por medio. Al emitirse, todo bono tiene un valor nominal inicial (también llamado principal o nocional) que representa al 100% de la deuda emitida. Naturalmente, y con el paso del tiempo, ese 100% del valor que de la deuda puede mantenerse, subir o caer (dependiendo la perspectiva que los agentes económicos tengan sobre la capacidad de repago del emisor, en este caso, el gobierno argentino).
Más detalladamente, cuando un país muestra una economía firme, afianzada, con equilibrio en sus cuentas internas y externas, los valores nominales de los bonos tienden a subir o comúnmente a mantenerse en su valor nominal (lo que en la jerga se llama "cotizar a la par"), puesto que hay confianza de que el país pagará en los términos originalmente estipulados. Por el contrario, cuando un país entra en crisis -como sucedió con Argentina en el año 2001-, los tenedores de bonos comienzan a desprenderse de los títulos temiendo que el emisor no podrá hacer frente a sus compromisos. Un default, es justamente un sinceramiento del Estado al declarar públicamente que no podrá afrontar sus pagos en los términos acordados, cuestión que llevada al extremo puede significar lisa y llanamente que no pagará sus deudas.
Una vez declarado un default, los precios nominales de los bonos se derrumban. En el caso argentino, de un valor nominal 100, los bonos pasaron a valer 11. Este es el momento de la aparición en escena de los fondos buitres o hold-outs, entidades financieras oportunistas que compran bonos derrumbados para (i) esperar que vuelvan a subir y revenderlos; o bien (ii) denunciar al país por no cumplir los pagos a término y en la forma originalmente estipulada. De esto último surge su rótulo de “buitres”, pues como el ave, van en busca de carroña, carne perteneciente a animales moribundos que ya no pueden defenderse por sus medios.
Si un país se recupera de la crisis y tiene intenciones de reinsertarse en el sistema financiero internacional, se ve en la obligación de reunirse con los tenedores de esos bonos y proponerles un nuevo plan de pagos, donde el país se compromete a cumplir con las deudas que en algún momento contrajo, pero con las quitas que crea necesarias para que el repago sea posible.
Se estima que tras las negociaciones de 2005 y 2010, Argentina logró negociar quitas en la deuda con un 93% de los acreedores, mientras que un 7% no aceptaron los términos nacionales y continúan exigiendo el pago en término, sin quitas ni prórrogas. Ante la negación argentina, emprendieron acciones legales en una corte estadounidense puesto que los bonos fueron emitidos con Ley New York.
Argentina apeló la primera sentencia del juez Griessa quien ordenó el pago a término de nuestro país para con estos acreedores. El caso pasó a una instancia judicial mayor, en la cual se reafirmó la sentencia de Griessa. Nuestro país volvió a apelar y ahora se espera que la Corte Suprema de Estados Unidos acepte o no tomar el caso para evaluar la apelación. Demás está destacar que si la sentencia se mantiene es una mala noticia para nuestro país. Y esto no solo porque se engrosa la deuda en dólares –con la falta que hacen, sino porque además, si Argentina finalmente afronta el pago en término, hay un 93% de acreedores que verán que la quita que aceptaron fue un acto propio de una caridad eclesiástica.
Una vez entendido el fenómeno hay un párrafo aparte para hacerse nuevas preguntas: ¿Por qué el sistema financiero internacional no regula la existencia de este tipo de entidades improductivas que se nutren de las crisis de los países como un buitre de la agonía de otro animal? Y por otra parte, ¿Qué derecho tiene Argentina de no pagar una deuda que fue adquirida legalmente –barata o no—por un fondo internacional?
Bueno, en primera instancia, teléfono para todos aquellos funcionarios estatales de los países del mundo que se sientan en el marco de la ONU a negociar regulaciones internacionales: parece que el sistema financiero los está regulando a ellos. Y en segundo lugar, duela lo que duela al orgullo soberano nacional, en un marco sin regulaciones claras, los derechos argentinos de negarse a pagar a los buitres, tienen el mismo valor que los bonos después del default.
"Despierto cada día, queriendo ser defensa, fiscal y juez
Usted, yo y él.
Quiero saber qué hicieron, qué harán y qué no harían.
O seré el papel, la piedra, la tijera, ojos, boca y piel."
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